Parsha Matot-Masei
“Sabiduría y Maravillas”
Y Moshé habló a los jefes de las tribus de Israel, diciendo: Esta es la cosa que Di-s ha ordenado: La persona que formulara una promesa a Di-s, o hiciera un juramento, para ligar su alma con una imposición, no profanará sus palabras. Hará conforme todo lo que surge de su boca.
— Números 30.2-3
Las leyes de la Torá son más que una lista de “haz” y “no hagas”. Son “el plano maestro para la Creación” de Di-s, describiendo y definiendo la realidad que habitamos.
Las leyes del Shabat, por ejemplo, no son simplemente una serie de instrucciones en cuanto a qué debemos o no hacer en el séptimo día de la semana; también definen este día como uno santo, un período de tiempo cuya esencia y substancia misma está saturada de un incrementado grado de presencia Divina. Cuando la Torá ordena que nos pongamos tefilin, no está simplemente instruyéndonos que ejecutemos una cierta acción; también está estableciendo que un objeto físico particular (en este caso, un conjunto de correas y cajas de cubro, y rollos de pergamino), cuando es modelado y empleado según la voluntad Divina, se convierte en un objeto santo, uno en el que la realidad Divina es más pronunciada que en otros objetos, ordinarios.
Pero no es sólo la Torá quien posee esta autoridad. También nosotros tenemos la capacidad de definir, con nuestras palabras y acciones, la naturaleza misma de nuestro ambiente. Las leyes denedarím (“promesas”) conceden esta autoridad al ordinario hombre mortal. Estas leyes, ordenadas por Di-s a Moshé, dictaminan que las palabras de una persona tienen no solamente el poder de obligarla a ella misma a ejecutar determinadas acciones (como cuando suscribe un contrato comercial) o prohibirse ciertas acciones (como cuando formula la promesa de no beber vino), sino que también tienen el poder de imbuir santidad al objeto reconocido o enajenado. En las palabras del Talmud: “Las cosas comprometidas por un juramento poseen una santidad intrínseca”. Así, la Torá emplea el término péle, “maravilla, portento”, al referirse al poder del voto.
Que las mitzvot de la Torá tengan el poder de definir la realidad, es sólo natural: la Torá es, después de todo, la revelada sabiduría y voluntad del Diseñador y Creador de la realidad. Pero que un ser humano determine, simplemente pronunciando un par de palabras, el grado de proximidad a Di-s de una parte de Su creación es, de hecho, una cosa maravillosa y asombrosa.
¡Más asombroso todavía es que el poder de la promesa excede el poder de la mitzvá! Según la ley de la Torá, un acto de mitzvá tiene pleno significado sólo cuando se ejecuta por una persona que ha logrado la mayoría de edad (12 años para una niña y 13 para un varón). Así, si un muchacho de doce años diseñara un par de tefilín, estos seguirían siendo ordinarios trozos de cuero animal. Por otra parte, la ley declara que la promesa formulada por un niño que está apenas cerca de la mayoría de edad (por ejemplo, una niña de once años, o un muchacho de doce) sí santifica el objeto en cuestión.
Un niño debajo de la mayoría de edad carece del grado de conciencia intelectual (dáat) requerido por la ley de la Torá para prestar consideración e importancia a su acción. Esto es en consonancia con la mencionada definición de la Torá como la “sabiduría de Di-s”: en el mundo de la sabiduría, un acto “insensato” no es un acto. Pero en el mundo de la maravilla, al que pertenece el concepto de las promesas, el estado de la mente del niño no es una desventaja. Por el contrario, el niño posee la cualidad de la maravilla en una medida aún mayor que sus pares más “maduros”.
Primero de Primeros
“Dos cosas”, dice el Midrash, “precedieron a la creación del mundo por parte de Di-s: LaTorá e Israel. Sin embargo, aún no sé qué precedió a qué. Pero cuando la Torá declara: ‘Habla a los Hijos de Israel…’, ‘Ordena a los Hijos de Israel…’, sé que Israel lo precedió todo”.
En otras palabras, dado que Di-s creó el mundo a fin de que el pueblo de Israel implementara el plan Divino para la existencia planteado en la Torá, se desprende que los conceptos de “Israel” y “Torá” preceden al concepto de “mundo” en la mente del Creador. ¿Pero, cuál es la idea más hondamente arraigada dentro del conocimiento Divino: Torá o Israel? ¿Israel existe para que la Torá pueda ser implementada, o la Torá existe para asistir al judío en el cumplimiento de su misión y la expresión de su relación con Di-s? Si la Torá se describe a sí misma como una comunicación a Israel, deduce el Midrash, esto supone que el concepto de “Israel” es precedente al de “Torá”. La ley de promesas es una expresión de la precedencia de Israel a la Torá. La Torá puede ser la sabiduría de Di-s, pero el judío es la maravilla de Di-s, y por lo tanto está imbuido y facultado con una santidad que no está limitada por las fronteras de la razón.
Basado en Likutei Sijiot, Vol. XXVIII, págs. 19 7-199
Extraído de El Rebe Enseña Editorial Lubavitch Sudamericana